dijous, 6 de març del 2008

On està el Casa de la Vila?

Hem canviat d'any i les coses en alguns sentits continuen igual. Això seria bo si les coses anessin bé però en aquest cas les coses continuen anant malament. Estic parlant del butlletí municipal Casa de la Vila.

En un correu electrònic que se'ns va enviar el 29 de gener se'ns demanava que enviéssim abans del 4 de febrer la columna d'opinió de la CUP perquè el proper Casa de la Vila s'havia editar i distribuir la segona setmana de febrer.

Estem ja entrats en el març i encara no hem vist el Casa de la Vila. Tampoc sabem res del Pla de Mobilitat. Ni sabem res de moltes de les actuacions del Pla de Participació que ja s'haurien d'haver fet el 2007. Tampoc tenim a dia d'avui el Pla d'Actuació Municipal (PAM).

Tot plegat és un misteri rera misteri.

Veure contingut del correu electrònic del Cap de Comunicació de l'Ajuntament de Molins de Rei

6 comentaris:

gorri70 ha dit...

Potser se l'han oblidat a Singapur :-)

gorri70 ha dit...
L'autor ha eliminat aquest comentari.
Anònim ha dit...

EX AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE MOLINS DE REY, ACUSADO FORMALMENTE DE UN PRESUNTO DELITO DE “Robo con fuerza en interior de vehículo en grado de tentativa”.

Para limpiar su nombre, a elaborado la siguiente nota informativa:

" A todos mis compañeros, sin ningún tipo de distinción:

El motivo del presente escrito, es para informaros de la situación actual en que me encuentro, os pido que la leáis detenidamente, posiblemente la encontrareis extensa, pero me veo moralmente en la obligación de comunicaros personalmente esta situación aunque sea por escrito, creo sinceramente que aunque use este medio, todos vosotros lo entenderéis, en estos momentos, no me veo capaz de hacerlo en persona, porque se que mis sentimientos, me traicionarán.

Muchos de vosotros, os preguntareis el motivo, por el cual el pasado viernes día 29, se me fue asignado un servicio de paisano, incluso alguno de vosotros, seguramente pensareis que para vosotros quisierais este servicio, es evidente que desconocéis la verdadera motivación del mismo, y que personalmente los que me conocéis, sabéis que no es el servicio que yo deseo, pero la causa principal de efectuarlo y muchos os quedaréis sorprendidos es que mediante un decreto de Alcaldía, he sido suspendido de manera cautelar del servicio uniformado, siendo trasladado a efectuar tareas administrativas, siéndome al mismo tiempo retirada el arma reglamentaria, pero no la credencial.

Me imagino que una vez, habéis llegado hasta este párrafo, más de uno se encontrará sorprendido incluso alucinado, y os preguntareis a que adolece esta medida cautelar, el motivo de la misma es la instrucción de unas diligencias policiales contra mi persona, por un presunto delito de “Robo con fuerza en interior de vehículo en grado de tentativa”, por unos hechos ocurridos el día 12 de enero del presente año, de los que, huelga hacer el comentario, me considero inocente.

Que sepáis que la unidad instructora de la ABP de Gracia de Mossos d’Esquadra, concretamente la Unidad de Investigación, a través de su Sargento Jefe, ha incoado unas diligencias en base a una declaración de la persona que formalmente me acusa de los hechos, que se encuentran viciadas, que la animadversión manifiesta que me dispenso este agente, rayó la soberbia y la provocación y que el adjetivo calificativo que me merece no lo voy a pronunciar por educación, me imagino que todos nosotros coincidiremos en el mismo adjetivo calificativo y en base a una descripción más que cuestionable, dicto un auto de providencia al Juzgado acusándome formalmente del presunto delito.

Que sepáis también que de la manifestación de la persona que me acusa directamente, prueba de cargo, según la instrucción, de su manifestación se desprende cuanto menos, ciertas incongruencias, que a pesar de que no voy a transcribir literalmente la misma, si os voy a matizar lo que verdaderamente considero incongruente.

Según manifiesta, esta persona, se trata de un joven de 23 años, os lo comunico porque el dato es relevante, que se encontraba en su domicilio sobre las 03.00 horas, cuando escucho unos ruidos procedentes de la calle, que intuyo que se trataba de una furgoneta que estaba cargando motocicletas y que bajo para cerciorarse, que en ese instante, se da cuenta de que el ruido procede de una teja que estaba suelta y que en ese momento, observa a una persona sospechosa, que la describe como morena, con el cabello corto de edad entre 30-40 años y una altura de 180 cm, con la cara redonda, afeitado y orejas grandes, con un poco de barriga, que lo observa durante 5 minutos y ve como dicha persona manipula la maneta de un vehículo estacionado, y que no observa ningún objeto en la mano del individuo y que al dirigirse a él, este sale corriendo y huye del lugar, facilitando la placa de matrícula de mi vehículo.

Que sepáis también que el presunto vehículo, violentado es un B.M.W, y que su conductora habitual, que no es la titular, ya que es un vehículo de empresa, en su manifestación dice textualmente, que dejo estacionado el vehículo el día 11 sobre las 19 horas y que al recogerlo al día siguiente sobre las 06.55 horas, para ir a esquiar con su familia, no observo ningún desperfecto en el vehículo, siendo su estado normal. Que el día 14, limpio el vehículo sin observar daño alguno y que en fecha 16 de enero, ha instancia de la unidad de investigación de Gracia, observa unas pequeñas marcas en el paño ha modo de palanca, que pasa a calificar como recientes, sin precisar el tiempo.

Como podéis observar de los dos párrafos anteriores, estas son las irrefutables pruebas de cargo contra mi persona, que me incriminan en el presunto acto delictivo, sin tener la más mínima posibilidad de rebatir delante de la instrucción de los Mossos d’Esquadra.

Es obvio, ni que decir tiene, que mi trayectoria profesional (18 años de servicio), mi impecable currículum, mi predisposición a colaborar con la fuerza instructora, mi carencia de antecedentes penales, no sirvió en absoluto, como para crear, cuanto menos una duda razonable, a pesar de insistir delante de los compañeros (sic), de que existía un error.

Como se puede comprobar, la descripción no tiene absolutamente nada que ver con mi físico, máxime, cuando manifiesta que estuvo observándome por espacio de 5 minutos, y que tratándose de una persona joven, no acierte a describirme correctamente, sencillamente el vio a otra persona, si es que existió, ni tengo entre 30-40 años, voy a cumplir 48, no mido 180 cm, sino 195cm, soy moreno, pero tengo el pelo canoso, mi fisonomía de la cara no es redonda, sino alargada, mis orejas no son grandes, si que están salidas y si soy una persona que por mi edad, tengo la pequeña barriga que describe, como el 80% de los hombres que se encuentran en esta franja de edad, también merece un comentario aparte la manifestación de la conductora habitual, a pesar de que manifiesta que el vehículo no presentaba ningún desperfecto y su estado era normal y posteriormente manifiesta que procedió a su limpieza, tampoco en este último acto, observo nada anormal, es evidente que cuando una persona procede a la limpieza del vehículo, se suele detectar casi siempre los pequeños golpes o arañazos que se presentan en la carrocería, esa circunstancia no ocurrió en dicho acto, y clamorosa es la afirmación que efectúa el día 16, según manifiesta a instancia de la unidad de investigación de la ABP, que observa como en el paño de la puerta, existe dos marcas a modo de palanqueta, frase que a todas luces, procede del argot policial y que se pone en boca de la manifestante, induciéndola a que la manifieste, por consiguiente es una prueba viciada y por consiguiente nula de pleno derecho, siendo que califica dichas marcas como recientes, pero ni el día de autos, ni el día de la limpieza del vehículo, se percata de dichas marcas.

Informaros también, que al parecer siguiendo directrices de protocolo, entre los días 25 y 30 de enero, esta Jefatura fue informada de los hechos a través de Mossos d’Esquadra de las diligencias abiertas contra mi persona, tengo que decir en mi descargo, que si no informe de lo acontecido a mis superiores, es porque pensé que no había motivo para ello, en ningún momento pretendí ocultarlo.
De todo lo expuesto, que sepáis que el pasado día 29, declaré delante del Juez Instructor del Juzgado nº 11 de Barcelona, en presencia de mi abogado, que como comprenderéis no es de oficio, contratado a través del sindicato SFP, ratificándome en mi declaración inicial delante de los Mossos d’Esquadra, ni que decir tiene que el Juez Instructor, me comunico personalmente la tipificación del delito, manifestándome que mientras no se demuestre lo contrario, “TODA PERSONA ES INOCENTE, HASTA QUE SE DEMUESTRE SU CULPABILIDAD”, siguiendo las directrices de nuestro ordenamiento jurídico.

Como podréis observar, el propio Juez de Instrucción, establece para mi persona, el principio jurídico de la presunción de inocencia, principio que se basa en el “onus probandi”, (prueba de cargo) y radica en un viejo aforismo de derecho que expresa que "lo normal se presume, lo anormal se prueba". Por tanto, quien invoca algo que rompe el estado de normalidad, debe probarlo, como podéis comprobar, una vez, desde que de esta Jefatura se informa al Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento, se produce, automáticamente un juicio paralelo, en el que mi presunción de inocencia, queda relegada a un segundo plano, acusándome de un presunto delito, que se encuentra en fase de instrucción, concretamente en diligencias previas, sin haber pasado actualmente a procedimiento abreviado.

Que sepáis también, que la primera medida cautelar, que decide tomar el director del área de recursos humanos, es la de incoar un expediente disciplinario, con la suspensión de empleo y sueldo, medida a todas luces desorbitada y que según me consta a través del Inspector Jefe de la Policía, el Regidor de nuestro departamento y el propio Sr. Alcalde, mediando en el tema, se decide en base al articulo 55 de la Ley 16/1991 de Policías Locales, proceder a la medida cautelar mencionada al inicio del presente escrito, sin incoar ningún expediente disciplinario, esta medida cautelar que se adopta es a propuesta del Jefe de la Policía Local.

Como podéis comprender, a pesar de que la medida cautelar adoptada, en principio es la menos lesiva a mis intereses, el daño que se me efectúa, es irreparable, la adscripción a un destino administrativo, con la perdida del arma reglamentaria, conociéndome como me conocéis, significa ni mas ni menos, que condenarme en vida, a todas luces es exagerada, máxime cuando los hechos que presuntamente se me imputan, no se sustentan y es evidente que el procedimiento judicial finalizará con mi libre absolución.

Que sepáis también, que es mi decisión y así se lo he manifestado a mi abogado, el de presentar un recurso de reposición delante del órgano que ha dictado el decreto, para solicitar el sobreseimiento de la medida cautelar, recurso que se encuentra en fase de redactado y que en estos momentos desconozco si ya habrá sido presentado.

También informaros, aunque sea meramente a nivel anecdótico, no se si estáis informados, pero durante estos días, fue publicado en la prensa el procesamiento del Jefe de la Policía Local de Mataro, por un presunto delito de conducir un vehículo bajo la ingesta de bebidas alcohólicas, los hechos se remontan precisamente a la misma semana en que ocurrieron los míos, da la circunstancia que conozco personalmente a esta persona, este mando policial, fue llevado al día siguiente de los hechos delante del Juez, acusado de un delito contra la seguridad del tráfico, fue condenado por conducir bajo los efectos del alcohol, habiendo dado una tasa de alcoholemia de 0.71mg/l, con la perdida del permiso de conducir, trabajos para la comunidad y una multa., estamos hablando de un mando policial que pertenece a una administración local como la mía, que en ningún momento se procedió a la apertura de un expediente disciplinario, ni se adoptó ninguna medida cautelar, hasta que la sentencia fue en firme y una vez filtrada a la prensa la noticia y habiendo sido condenado en firme, se le apertura el correspondiente expediente disciplinario, que posiblemente acabará con su trayectoria policial, como podéis comprobar, en mi persona y a pesar de tratarse de administraciones locales, no se me mide por el mismo rasero que a otro compañero, pues no deja de serlo a pesar de que ostente la Jefatura de una Policía, y que conste que los hechos que se me atribuyen no tienen la misma relevancia, yo por suerte no he cometido ningún delito y lo probaré y en cambio, él ha sido condenado en firme.

Quiero hacer público mi agradecimiento a mis compañeros delegados del Sindicato SFP, Antonio Duran, José Antonio Montes y Antonio Arjona, por todo el apoyo que me han dispensado en estos momentos y la discreción con la que han llevado el tema, también quiero agradeceros a todos vosotros mis compañeros, el apoyo que sin ningún tipo de duda, me vais a ofrecer, solamente os pido que en la medida de lo posible, no me estéis preguntando por el tema, entender que estoy pasando por un difícil momento y que se positivamente que puedo contar con todos vosotros.

Atentamente.

Manrique Boada (Agente 185)"

Anònim ha dit...

Pero, este agente no esta trabajando actualmente en Sant Feliu de Llobregat?

Anònim ha dit...

Sí, compañero, pero aquí , en Molins de Rei, lo expedientaron y se tuvo que ir a trabajar a Cornella.

Anònim ha dit...

De Cornella tuvo que salir pitando. Los problemas eran contínuos.